Allá Sindicatura de Cuentas ha detectado 44 posibles casos de «fraccionamiento indebido» de contratos perdido últimos cinco años, según ha contabilizado la Agència Catalana de Notícies (ACN). Eso supone uno de cada cuatro sin forma, ya que representa el 28,38% del total de los 155 que la Sindicatura publicó el 7 de febrero de 2018 hasta la fecha. El órgano fiscalizador señala incumplimiento de las normas para contratos menoresque tiene una importación máxima de 15.000 euros para suministros y servicios, y 40.000 para Obras. En el listado de posibles irregularidades, aparecen contratos de la Instituto de Letras Catalanas (ILC), liderado por Laura Borrásallá Sindicatura de Greugesallá Oficina Antifrau de Cataluña (OAC), la línea 9 del metroEL Departamento de Justicia y diversas organizaciones municipales.
En muchos de los casos, la Sindicatura consideró que la contratación separada debería haber hecho en uno contrato único porque contemplan «necesidades recurrentes o previsibles». Un hecho que, según el órgano fiscalizador, «supone eludir los solicitudes de publicidad o los relativos a los procedimientos de adjudicación correspondientes».
En algunos casos, los informes también advierten que «el prohibición de suscribir contratos menores que individualmente o conjuntamente superen los máximos valores autorizados para estos tipos de contratos».
en el ámbito municipal hay diversos informa que detectan posibles irregularidades en contratos menores: Parques y Jardines de BarcelonaConsorci d’Aigües de Tarragona, Consell Comarca del Garraf, Consejo General de Arán, Consell Comarcal de l’Alt Urgell, Ajuntament d’Argentona, Serveis Ambientals del Vallès Oriental, Patronato de Turismo de la Diputación de Tarragona o Recollida de Residus d’Osona SL, por poner algunos ejemplos.
También constantemente diferentes organismos que dependen directamente de la Generalitat, como el Centre de Telecomunicacions i Tecnologies de la Informació (CTTI), el Servei Meteorològic de Catalunyala entidad que edita el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), el Instituto Catalá d’Energia, la Escuela de Administración Pública de Cataluña, el Instituto Català Internacional de Pau, la Agència de Gestió d’Ajuts Universitaris i de Recerca o Aeropuertos públicos de Cataluña.
¿Por qué se incumple el fraccionamiento?
El síndico de la Sindicatura de Comptes, miguel salazar, recomendar a la Administración que contrate «más personal cualificado» para dedicarse a la contratación, teniendo en cuenta que la legislación en este ámbito es «compleja». «Es una ley que requiere cierta preparación de conocimientos jurídicos y planificación en el momento del contrato. La inmediataz no puede ser la excusa para justificar un contrato u otro. Los contratos requieren planificación y calificación por parte del personal”, ha resumido en declaraciones a la ACN.
Segun Salazar, acortar los plazos de las licitaciones iría en detrimento del licitador porque las leyes «tienen como objectivo preservar el principio de libre competencia«. «¿Si limitamos los plazos pudimos ser más eficaces? No sé. Lo que sé es que limitaríamos este principio y la ley no está pensada para ello. La ley está pensada para garantizar el principio de la libre concurrencia», ha insistido.
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Por su parte, el presidente de la última sección administrativa del Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB), Alejandro Jiménez Marconi, explicó a la ACN que la Administración puede tener la «tentación» de dividir los contratos para evitar una licitación, que sigue un proceso más largo que la contratación minor. Y ha señalado que un motivo que puede explicar el fraccionamiento de contratos es evitar los «plazos excesivos». Asimismo, también afirmó que «se pide eficiencia en la Administración pero a veces no se aportan las herramientas necesarias”.
Vigilancia normativa
El artículo 99.2 de la ley estatal 9/2017 de contratos del sector público dice que no se pueden fraccionar contratos «con la finalidad de disminuir la cantidad del mismo y eludir así los requisitos de publicidad». Y en el sección 118 se este ce que se considera contratos menores si tiene un valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o de 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o servicios. Seguidamente, la ley específica que en el caso de los contratos menores requerirá un informe del organismo contratante para justificar la necesidad de dicho contrato y que no está alterando para vulnerar la ley.


