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Universidad y equivalencias | Educación

Universidad y equivalencias |  Educación


Anunciado en los medios de comunicación, en los últimos días ha conocido la aprobación del anteproyecto de la ley orgánica de enseñanzas artísticas. In relación al tramo alto de esas enseñanzas —las superiores—, esa noticia nos trae a la memoria la frase de Jose María Cagigal, volcada en un artículo en esta misma tribuna hace 44 años: “No cabe otra opción seria que la conversión de los INEF en facultades (o su incorporación a las facultades de Ciencias de la Educación); en todo caso del acceso a la nítida titulación universitaria: licenciatura y doctorado; no las siempre equívocas ‘equivalencias’. A partir de ese lejano 1979 y en un camino largo y tedioso, finalmente se produjo la incorporación a la universidad de las Ciencias del Deporte, como anteriormente las Bellas Artes o tantas otras disciplinas. Pero aún no se ha resuelto para otros: la Música, la Danza, el Diseño, el Arte Dramático o la Conservación-Restauración. Y la citada ley no parece ser sino una nueva dilatación antes que una resolución de un proceso que, antes o después, se resolverá en la integración universitaria natural. Esa demanda de incorporación es la que deseamos plantar en este escrito, sin demasiada esperanza de solución tras largos años de tenaz insistencia.

Por lo que sea, antes de entrar en el anteproyecto de le quizás sea relevante aclarar algunas premisas. Primero, y aunque no es exclusivo, la universidad es el espacio natural y óptima de la educación superior; segundo y muy singularmente, la universidad es madre adoptiva del conocimiento: no solo se transmite, sino que genera a través de la actividad investigadora. Por último, la pérdida de la universidad impone a las entidades académicas un esfuerzo contrastable por una calidad exigible, tanto docente como investigadora. La garantía de esta calidad está regulada en el conocido Plan Bolonia, que exige a los estudiantes ya las instituciones con condiciones concretas, entre otras, la oferta de muy altos niveles académicos: grado, máster y doctorado. Y, muy específicamente, un proceso de evaluación externa de la calidad (acreditación) de las propuestas formativas por parte de una entidad independiente (ANECA, en el caso español).

Pesar a todo lo anterior y con excepción de las Bellas Artes, las enseñanzas artísticas no han entrado a formar parte de los estudios universitarios, situación que se mantiene en la nueva ley. Ya sea a nivel estatal o autonómico y con independencia del color político, porque la única coincidencia de la totalidad de gobiernos ha sido su negativa para resolver el problema de las enseñanzas artísticas superiores. Más que extraño, resulta injustificable comprobar las consecuencias de esta obstinación política, pues esta situación complica la movilidad internacional tanto de l’alumnado como de los egresados. El Plan Bolonia, que pretende garantizar la compatibilidad de las titulaciones a nivel europeo, fue muy claro en este sentido: para formar parte del Espacio Europeo de la Educación Superior hay que ofrecer el doctorado y acreditar las titulaciones ante una agencia externa de evaluación de la calidad. Ambas premisas han sido reiteradamente olvidadas en la normativa educativa española sur las enseñanzas artsísticas, y lo son de nuevo en la ley que se comenta ahora. En consecuencia, el reconocimiento de títulos españoles en el extranjero queda en entredicho y, por tanto y como decíamos, la movilidad internacional de estudiantes y titulados. En algunas disciplinas en las qu’existen titulaciones históricas universitarias (el Diseño, la Conservación-Restauración), esta organización tiene efectos demoledores en la regulación de la actividad profesional en el propio ámbito español. In román paladino, se le están usurpando oportunidades a nuestro esforzado alumnado, pero también a las profesiones.

A partir de este momento numerosas comunidades educativas vienen solicitando la resolución definitiva de esta situación, mediante un proceso reglado y cuidadoso de integración en la universidad española. Pero estas solicitudes no han surtido efecto, probablemente por el esfuerzo en contrario de ciertos grupos de presión interesados ​​​​en mantener su cómodo estado, pesa al señalado perjuicio. Y llegados a este punto cabe preguntarse que ofrece el anteproyecto de ley, que novedades y ventajas aporta. Sin resultar excesivamente tedioso ni demasiado acres, el análisis sereno del anteproyecto nuestros ya fríos, pues no se percibe un deseo de adecuación a la realidad europea ni soluciones que de una u otra manera no estén ya consideradas en la legislación vigente (Ley Orgánica 3 /2020). Pone cierto orden, eso sí, sobre una amplia diversidad de asuntos pero sin desarrollarlos detalladamente; por una suerte miniLOE para contentar a los mediocres. Si la reglamentación falta la vacía de contenido, se convierte en poco más que en un listado de deseos (sirva como ejemplo la reiteración de la forma verbal “podrán”, que aparece en 33 ocasiones). Al final, nada que no conozcamos sobradamente; un regalo para los que prfierenmaintainer la condition actual y seguir navegando en una trivialidad asumida, incluso deseada.

Mientras tanto, consolida la injusticia para con el alumnado de estas enseñanzas; se apuntala un sistema que dice ser «superior», pero sin someterse a la exigencia de calidad universitaria. Se trata de un atajo equívoco, que generará —de nuevo— la oposición de la universidad, quizás por vía judicial. Todo eso lo hemos vivido; la derrota permanente de este modelo imposible, pero ¿qué más da?: solo afecta al estudiantado. Mientras tanto y ajenos a la realidad de un problema que parecen disconocer, los gobernantes se manifiestan encantados con el logro pues ya tienen una nueva ley que publicitar. Pero que de claro en esta tribuna: como Cagigal, algunos ni entendemos ni deseamos seguir en esta inexplicable y siempre equívoca equivalencia. Las enseñanzas artísticas merecen estar en la universidad, no en ese espacio difuso y paternalista que se nos ofrece de nuevo.

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