«Que barbaridad. Imposible. Juan Carlos I no pudo adquirir la nacionalidad de los Emiratos», dijo a comienzos de esta semana una fuente muy familiarizada con la decisiĂłn del Palacio de la Zarzuela de iniciar en los primeros dĂas de agosto de 2020 el camino del destino hacia abu dhabial ser preguntada por el tema de la residencia fiscal antes de que trascendiera la presunta decisiĂłn del rey emĂ©rito de no tributar en España y hacerlo donde vive.
Porque, segĂșn el Convenio entre el Reino de España y Emiratos Ărabes Unidos (UAE) firmado en Abu Dhabi el 5 de marzo de 2006 y modificado el 22 de diciembre se 2021 -es decir, un año despuĂ©s de que el rey emĂ©rito se trasladase hacia dicho paĂs – para evitar la doble imposiciĂłn y prevenir la evasiĂłn fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el herencia para tener domicilio fiscal allĂ tienes que preguntar la nacionalidad del emirato.
El artĂculo 4.1, Residente, establece que «a los efectos de este Convenio la expresiĂłn ‘residente de una parte contractual’ significa en este caso de los Emiratos Ărabes Unidos, las personas fĂsicas domiciliadas en los UAE y que sean nacionales de los EAU, asĂ como las sociedades constituidas en los EAU que tengan allĂ su sede de direcciĂłn efectiva».
Aunque las disposiciones de este Convenio «no afectarĂĄn a los privilegios fiscales de que disfruten los miembros de las missiones diplomĂĄticas o de las oficinas consulares de acuerdo con los principios generales del Derecho internacional o en virtud de las disposiciones de los acuerdos especiales». No es, pues, el caso del emĂ©rito, que no goza de privilegio fiscal alguno. Tanto, si no es nacional emiratĂ serĂa difĂcil que pueda tener lo que se llama, segĂșn el Convenio, la residente fiscal en UAE.
Intereses econĂłmicos
Ahora bien, la idea de que «el nĂșcleo principal o la base de sus actividades o intereses econĂłmicos» – la fĂłrmula que se usa para justificar esa nueva residencia fiscal – ya no radica en España planta el interrogante: Âżen quĂ© consiste ese nĂșcleo o base d’actividades o intereses economicos?
Porque la Agencia Tributaria no ha registrado nunca una declaraciĂłn de bienes y cuentas corrientes de Juan Carlos I en el extranjero.
El 5 de septiembre de 2018, la OrganizaciĂłn Nacional de InspecciĂłn del Fraude (ONIF) y la Agencia Estatal de AdministraciĂłn Tributaria (AEAT) respondieron a la ONU requerimiento del juzgado central de la instrucciĂłn nĂșmero 6 de la Audiencia Nacional sobre la existencia de esos bienes.
SegĂșn señalaban «Su Majestad el Rey EmĂ©rito Don Juan Carlos I no ha presentado declaraciĂłn informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero (modelo 720)».
Y añadió: «En las distintas fuentes de información de que dispone la AEAT no hay constancia de que SM el Rey Emérito D. Juan Carlos I posea cuentas corrientes en el extranjero.
Posteriormente, con motivo de las regularizaciones «espontåneas» presentadas por Juan Carlos I a finales de 2020 y primeros de 2021 (suscripción algo mås de 5 millones de euros por los 8 millones ocultados), la Agencia Tributaria inspeccionó sus cuentas. Y no halló patrimonio suyo en el extranjero.
Inversiones en España
«Lo que nos parece grave es que el emĂ©rito parecerĂa tener intereses fuera de España ya que ello justificarĂa ser residente fiscal en los EAU», informĂł a El PeriĂłdico Carlos Cruzado, presidente de Gestha, el sindicato de los tĂ©cnicos del Ministerio de EconomĂa. âGrave porque la Agencia Tributaria y la FiscalĂa, que dio la luz verde a las regularizaciones ignorante de esos intereses fuera de España. La nacionalidad de emiratos ĂĄrabes unidos es desde luego imprescindible para tributar allĂ ÂżPor quĂ© no lo hecho cuando lleva viviendo desde agosto de 2020?. En 2021 podĂa haberlo hecho», dijo.
La historia ahora del domicilio fiscal cambio. ÂżpodrĂa tener relaciĂłn con el hecho de que a sus 85 años cumplidos el pasado 5 de enero el rey emĂ©rito prepara los asuntos de la herencia a sus hijos?
«Sin duda, da la impresiĂłn de que quiere tener su patrimonio allĂ. ÂżY todo este patrimonio lo ha obtenido en este Ășltimo año? Que no va a ser residente fiscal ni allĂ ni aquĂ? QuizĂĄ que se trate de eso», apuntĂł Cruzado a preguntas de este diario.
En su comunicado del 15 de marzo de 2020, un dĂa despuĂ©s de declararse el estado de alarma por el coronavirus, Felipe VI emitiĂł un comunicado segĂșn el cual querĂa»que sea conocido pĂșblicamente que SM el Rey Don Juan Carlos tiene conocimiento de su decisiĂłn de renunciando a la herencia de Don Juan Carlos que personalmente le pudiera corresponder, asĂ como a cualquier activo, inversiĂłn o estructura financiera cuyo origen, caracterĂsticas o finalidad puedan no estar en consonancia con la legalidad o con los criterios de rectitud e integridad que rigen sobre la actividad institucional y privada y que deben informar la actividad de la corona»
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ÂżLa renuncia es general a todo el patrimonio que pueda poseer su padre o sĂłlo a aquella parte del mismo cuya procedencia sea de dudosa legalidad? ÂżSerĂĄ objeto de una auditorĂa?
ÂżEsto lo que yace detrĂĄs del asunto del nuevo domicilio fiscal que tramita a Juan Carlos I en el destierro?


