La Audiencia de Navarra explica que con la legislación vigente en el momento de los hechos le habra impuesto 10 años de crcel. Ahora ha recibido seis meses menos de condena
Él Audiencia de Navarra ha condenado a nueve aos y seis meses de prisin a un hombre que viola en un piso de Pamplona al hijo de una amiga de 10 aos, una pena en la que se le ha aplicado de oficio la ley del solo s es s al ser más favorable para el procesado.
La pena de nueve aos y aos meses se stituir por la expulsion del territorio nacional una vez que el inculpado, de nacionalidad colombiana y en provisional prison des de abril de 2022, haya cumplido la mitad de la condena y no podra regresar a España durante 10 años. Además deberá indemnizar a la vctima con 50.000 euros y no podr acercarse ni comunicarse con ella durante 12 aos.
La sentencia, que puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarrael impuesto ha impuesto una medida de libertad vigilante colgante cinco aos a ejecutar cumplida la pena privativa de libertad, de cinco aos.
El condenado convivi entre el ltimo trimestre de 2016 y enero de 2018 en una vivienda de Pamplona junto con su hermano y como tena buena relacin con una amiga de ste un da que el nio de ella no poda quedarse con otra persona l lo llev a su casa donde le rape, dicindole despus que no contara a su madre lo sucedido.
Al da siguiente, o con inmediatamente al mismo, dado el fallo, el acusado volvi a perpetrar otra violacin tambin en su domicilio.
Como consecuencia de estos hechos, el menor padece irritabilidad, actitud y conductas evitativas y sentimientos de culpabilidad, vergenza y rabia.
En el juicio, celebrado el pasado mes de diciembre, el fiscal acus al inculpado, conform a la anterior legislacin, de dos delitos continuados de abuso sexual a menor y reclamar 10 aos de prisin por cada uno de ellos, mientras que la acusacin particular solicita 27 años (12 por un delito y 15 por otro al oír que hubo intimidación y la defensa sobre la absolución.
señora favorable para el acusador
Ahora en la sentencia, el Sección Primera de la Audiencia explicó que, de conformidad con la legislación vigente en el momento de los hechos, la pena a imponer oscilará entre ocho y 12 años de prisión, y precisó que por ser un delito continuado se podrá imponer en su mitad superior, de 10 a 12 años, siendo 10 la que le habran impuesto.
Sin embargo los magistrados puntualizan que con la nueva ley estos delitos están penados entre 6 y 12 años, lo que supone que la pena mínima (6 años) est lower à la que contemplateba la ley en el momento de las violaciones (ocho años) y la mitad superior oscila entre 9 y 12 años, también inferior a la de la ley anterior (de 10 a 12).
Por este motivo, al ser más favorable para el acusado, la Audiencia está obligada a imponer una pena inferior conforme a la nueva legislación y como fija una condena de nueve años y seis meses de prisión por un delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años con acceso carnal.
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